DESCRIPCIÓN
IMPECABLE DEPARTAMENTO DE 2 AMBIENTES EN EL CENTRO !!
APTO VIVIENDA Y PROFESIONAL !
DISPOSICIÓN LATERAL, SILENCIOSO
MUY LUMINOSO !
LIVING COMEDOR AMPLIO
DORMITORIO MUY CÓMODO
COCINA INDEPENDIENTE
BAÑO COMPLETO
PISOS DE PINOTEA PULIDOS Y PLASTIFICADOS
EDIFICIO ANTIGUO EN EXCELENTE ESTADO DE CONSERVACIÓN
TERRAZA COMPARTIDA CON PARRILLA Y LUGAR PARA COLGAR LA ROPA
UBICACIÓN ESTRATÉGICA, AV. CORRIENTES ENTRE AV. CALLAO Y RODRÍGUEZ PEÑA EN PLENO CENTRO PORTEÑO. A 4 CUADRAS DE AV. RIVADAVIA Y A 4 CUADRAS DE AV. CÓRDOBA. TODOS LOS MEDIOS DE TRANSPORTES, NUMEROSAS LÍNEAS DE COLECTIVOS, A POCOS METROS DEL SUBTE LÍNEA B (ESTACIÓN CALLAO), A 5 CUADRAS DEL SUBTE LÍNEA D (ESTACIÓN CALLAO), A 5 CUADRAS DEL SUBTE LÍNEA A (ESTACIÓN CONGRESO) Y A 6 CUADRAS DE AV. 9 DE JULIO - METROBUS. CERCANO A TEATRO COLON, PALACIO DE TRIBUNALES Y CONGRESO DE LA NACIÓN. ZONA DE TEATROS, CINES, RESTAURANTES Y TODO TIPO DE COMERCIOS CERCANOS !!
TRANSPORTES CERCANOS:
COLECTIVOS: 5, 6, 7, 12, 23, 24, 26, 29, 37, 50, 60, 75, 90, 98, 99, 102, 105, 109, 115, 124, 140, 146, 150, 151, 180.
SUBTES (METRO): CALLAO (LÍNEA B), URUGUAY (LÍNEA B), CALLAO (LÍNEA D), CONGRESO (LÍNEA A).
LINK DE VIDEO https://www.youtube.com/watch?v=YuLfEK-ekgo
AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble. Venta sujeta a que el propietario cumpla con la resolución 2371 y sus modificaciones de afip. El edificio no cuenta con rampa para discapacitados (Ley 5115 de accesibilidad).
Para los casos de LOCACIONES COMERCIALES se informa que los valores locativos son mas IVA.
Ley 5859 - ART 5: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.
Matrícula CUCICBA N° 942